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martes, septiembre 26, 2023
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La Corte Constitucional dice sí y no en la polémica sobre el uso de las redes sociales

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En primer lugar decide no limitar la libertad de expresión de las personas al utilizar las mismas. Eso se entiende como que puedan escribir lo que quieran en Facebook o Twitter, aunque éste pueda incomodar a otros.

Pero a renglón seguido sostiene que cuando se vulneren los derechos al buen nombre y la honra de alguien, serán los jueces de la República quienes regulen o vigilen esos comentarios y den órdenes de retirar los contenidos.

El problema será la forma, el modo, el cómo, cuándo y como un juez atiende esos casos.

“El derecho al insulto lo ha determinado la corte. El calibre de los insultos que afectan directamente el buen nombre de la persona son los que la corte modera. En un momento determinado quien debe bloquear las cuentas son los dueños de las empresas como Facebook o Twitter” Luis Fernando Duque

“La tecnología no puede pasar por encima de la honra y el buen nombre, esos son principios constitucionales. La libertad de expresión debe tener parámetros, no puede ser infinita” Óscar Darío Pérez Pineda

Escucha en podcast el programa de hoy #viernesentertulia

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