En medio de un país acostumbrado a las tensiones entre el poder político y las instituciones judiciales, el Consejo de Estado acaba de propinarle un nuevo revés al presidente Gustavo Petro. Este lunes 1.º de septiembre, la más alta instancia de la jurisdicción contenciosa administrativa confirmó el fallo que ordena al jefe de Estado retractarse de los señalamientos que hizo en contra de Enrique Vargas Lleras, hermano del exvicepresidente Germán Vargas Lleras. Un episodio más de una pugna que parece no tener tregua y que esta vez concluye con una victoria legal significativa para el accionante.
El origen de esta disputa se remonta a una publicación que Petro realizó el 2 de enero de 2025 en su cuenta de X (antes Twitter), donde acusaba públicamente a la familia Vargas Lleras de encubrir una millonaria deuda de la Nueva EPS —empresa en cuya junta directiva participó Enrique— con el objetivo de maquillar su estado financiero. El mandatario, sin presentar pruebas judiciales o administrativas, denunció presuntos manejos irregulares por más de 5 billones de pesos, declaraciones que desataron una tormenta política y jurídica.
Ahora, el Consejo de Estado, a través de su Sala de lo Contencioso Administrativo, ha dejado claro que tales afirmaciones vulneraron los derechos fundamentales al buen nombre y la honra de Enrique Vargas Lleras. Según la sentencia, el presidente incurrió en una grave falta al presentar como verdades hechos no corroborados por instancias oficiales, desconociendo el principio constitucional de veracidad y la presunción de inocencia, pilares del Estado de Derecho.
“Las afirmaciones del presidente se presentaron como hechos ciertos, sin el respaldo de decisiones judiciales o informes oficiales, lo que llevó a una vulneración directa de los derechos fundamentales del accionante”, señala con contundencia el fallo. Con esta decisión en segunda instancia, no solo se ratifica la necesidad de la retractación pública, sino que también se traza un límite claro entre la libertad de expresión del mandatario y la responsabilidad que conlleva el poder de su voz.
Este fallo no es menor. Marca un precedente importante sobre el uso de las redes sociales por parte de los altos funcionarios del Estado, especialmente del presidente de la República. En tiempos donde los trinos sustituyen a los comunicados oficiales, la justicia ha recordado que la palabra presidencial tiene peso legal y consecuencias, y que no puede lanzarse a la ligera contra ciudadanos que no han sido vencidos en juicio.
Más allá del contexto personal entre Petro y los Vargas Lleras —una rivalidad que viene cargada de historia y de fricciones políticas—, el caso abre una discusión mayor sobre los límites de la crítica política, la legitimidad del escrutinio público y las garantías individuales de quienes, aun siendo figuras visibles, conservan el derecho a la presunción de inocencia. La justicia, en esta ocasión, ha actuado como contrapeso y ha exigido respeto por las reglas del juego democrático.
Mientras tanto, el presidente deberá retractarse públicamente, según ordenó el alto tribunal. Lo que era una disputa política pasó al terreno judicial, y allí, por segunda vez, el Consejo de Estado ha hablado claro: los derechos fundamentales no pueden ser arrasados por la opinión personal de ningún poder, ni siquiera del más alto. La palabra, como la ley, debe tener límites, incluso —y sobre todo— cuando proviene de la Casa de Nariño.